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Ayudas DIGITALIZA-CV para la transformación digital de las Pymes

El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (Ivace) publicó la semana pasada la nueva convocatoria de ayudas Digitaliza – CV 2022, cuyo plazo de presentación comienza a partir de hoy 12 de enero.

 

Estas ayudas surgen con el objetivo de incrementar el nivel tecnológico de las pymes industriales y de servicios a la industria, mediante la implantación de nuevas tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, TEIC. Si estás interesado/a y quieres beneficiarte de estas ayudas, a continuación, te contamos cuáles son los requisitos necesarios para poder acceder, su plazo de presentación y la cuantía de la ayuda.

 

¿Quién puede beneficiarse de las ayudas Digitaliza – CV?

 

Podrán beneficiarse de las ayudas todas las empresas cuya sede social o establecimiento de producción esté situado en la Comunidad Valenciana, así como su actividad encuadre con los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):

 

– Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.

–  Sección H-Divisiones 49 a 53.

– Secciones J-Divisiones 58 a 63.

– Sección M-Divisiones 69 a 74.

 

¿Qué proyectos son aptos para recibir la ayuda digitaliza- CV?

Serán subvencionables todos aquellos proyectos que consistan en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras relacionadas con la digitalización de la empresa solicitante; ya sean sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios, adaptación a la industria 4.0, sistemas de planificación de recursos empresariales o sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos, inteligencia artificial, etc.

 

 

Requisitos necesarios que deben de tener los proyectos para poder acceder a las ayudas

– Los proyectos no deberán haberse iniciado antes del 1 de enero de 2022 y tampoco haberse concluido materialmente antes de que se presente la solicitud.

– El presupuesto será subvencionable cuando supere la cantidad de 15.000 €.

– Únicamente se podrá presentar un proyecto por empresa en cada actuación.

– Los resultados de los proyectos han de tener impacto tangible en la Comunidad Valenciana.

 

¿Qué criterios de valoración se seguirán?

La calidad del proyecto. Sí es novedoso y complejo, el grado de definición y claridad del proyecto, etc.

Viabilidad técnica del proyecto. Se valorará la capacidad y experiencia del equipo de trabajo y la adecuación de los recursos implicados en la ejecución del proyecto.

Los resultados que se esperan del proyecto. Se tendrá en cuenta el impacto económico de los resultados del proyecto, valorando su cuantificación fundamentada en términos de creación de empleo y competitividad empresarial.

Características del solicitante. Se valorará que la empresa solicitante cuente con un Plan de Igualdad de Oportunidades registrado y tenga un porcentaje de personas con diversidad funcional, sobre el total de la plantilla, por encima del mínimo legal exigible. Así como que su actividad principal desarrolle alguna de las líneas de actuación establecidas en el Pacto Verde Europeo.

 

Cuantía de la ayuda

Se trata de una ayuda que se calcula como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto y la cual variará en función del tamaño de empresa (40% para pequeñas empresas y 30% para medianas empresas). Además, cabe destacar que la cuantía de la ayuda no podrá superar el importe de 100.000 euros.

 

 

¿Qué costes se consideran subvencionables?

Adquisición de activos inmateriales: licencias de software, excluyendo el software de propósito general, desarrollo de aplicaciones a medida, así como todos los costes por uso de soluciones y aplicaciones, durante el tiempo de ejecución del proyecto.

 

Adquisición de activos materiales: inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones.

 

Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica o consultoría. En este caso, el importe deberá de ser como máximo un 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 euros.

 

Plazo de presentación

El plazo de presentación comienza hoy 12 de enero de 2022 y finalizará el 3 de marzo de 2022. Además, cabe destacar que la tramitación de la solicitud será electrónica y requerirá que la empresa solicitante disponga, durante todas las fases del procedimiento, el certificado de representante de empresa (o de persona física para los empresarios/as individuales) emitido por la Autoridad de Certificación de la Comunidad Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España.

 

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